Bahía Blanca, .
 
MUNICIPAL

Apr 21, 2008
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Godoy Cruz. Reglas para disponer de sillas de ruedas en estaciones de servicio

El Concejo Deliberante de Godoy Cruz aprobó una reglamentación y ordenanza de la obligatoriedad de disponer de sillas de ruedas en estaciones de servicios (GNC) de Godoy Cruz.

Esta norma garantiza y brinda a todas las personas con capacidades motrices diferentes mejores condiciones y bienestar al tener que descender del automotor para la carga de G.N.C.

La ordenanza reza que "el Estado debe garantizarle a los ciudadanos, cualquiera sea su condición, la posibilidad de transporte y acceso a sitios públicos y/o privados.
Que a nivel nacional y provincial existen antecedentes normativos que amparan a estas personas en el uso de servicio de expendio de combustibles para automotores.
Que es prioridad de este Municipio brindar el acceso a servicios públicos y privados de toda la población, generando condiciones de igualdad como base para el desarrollo social equitativo y sustentable.
Que es necesario e importante generar condiciones materiales para preservar la integridad física de las personas, en todos los servicios, tendientes a la preservación de aquellas que cuentan con capacidades diferentes. Que analizados estos actuados se considera procedente acceder a lo requerido".

Por ello el Concejo resolvió para "todas las Estaciones de Servicios de Godoy Cruz que expendan Gas Natural Comprimido (GNC) y/o combustibles para automotores, la obligatoriedad de disponer de sillas de ruedas para uso de las personas con capacidades diferentes que deban descender de sus vehículos, tal como lo disponen las normas de seguridad".
Habrá un plazo de 60 días para que las expendedoras adecuen las instalaciones. Y en caso de que no cumplan con la norma serán sancionados con una multa de (Pesos Cincuenta). En caso de reincidencia, la multa será de 0 (Pesos Doscientos); en caso de una segunda reincidencia, la multa será de 0 (Pesos Quinientos).

 
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